Sociedad en nombre colectivo: Este tipo de sociedad mercantil es aquella que existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden de forma subsidiaria, ilimitada y solidariamente ante las obligaciones sociales.
Sociedad en comandita simple: Este tipo de sociedad mercantil es la que existe bajo una razón social y se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente a las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus aportaciones.
Sociedad de responsabilidad limitada: Es aquella en la que los socios únicamente están obligados al pago de sus aportaciones. En este régimen, las aportaciones de los socios no pueden representarse por títulos intercambiables, sin embargo, es indispensable que dichas aportaciones se registren en el Libro Especial de Socios para exigir sus derechos y obligaciones con esa calidad.
Sociedad anónima: Es aquella que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de accionistas cuya obligación se limita al pago de sus acciones.
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