· 

Cuando procede la terminación, la recisión y la prórroga del Arrendamiento

Ø Terminación: se estipula en el contrato que se celebra entre el Arrendador y el arrendatario, este puede ser de un año, es decir si se arrenda el primero de enero terminaría el 31 de diciembre.

Ø Recisión: por alguna violación a las causas del contrato, se puede pedir la cancelación del contrato, es decir la parte actora puede pedir la cancelación del arrendamiento cuando el arrendatario no pague la renta, o cuando este cambie el uso del inmueble entre otras.

Ø Prórroga del arrendamiento: si el arrendatario desea renovar el contrato deberá realizarlos dentro de los diez días antes que termine el contrato.

Escribir comentario

Comentarios: 0

JALISCO


Av. de la Paz 2860, Colonia Vallarta, C.P. 44690 Guadalajara, Jal.

QUERÉTARO


Paseo de la República 135, Jurica, 76100 76100 Querétaro, México.

MORELOS


Avenida progreso 803 colonia agua hedionda, Morelos.


Lo más reciente en:


Dirección: 

Avenida de la Hacienda, número 28 A, Colonia Las Arboledas, Atizapán de Zaragoza,  C.P. 52950.

Teléfonos:  +52 (55) 5370-0347

google-site-verification=-yevpgiwjcSaCTdSnrt1j7tY2L9pUaO8uh5OE3bVWrE

Redes Sociales:

No es posible ver el contenido de Powr.io debido a tu configuración de cookies actual. Haz clic en la Política de cookies (funcional y marketing) para aceptar la Política de cookies de Powr.io y poder ver el contenido. Puedes encontrar más información al respecto en la Política de privacidad de Powr.io.

Compartir esta página con: