Artículo 4.404 del Código Civil para el Estado de México, la concubina y el concubinario tienen los derechos y obligaciones alimentarias, de familia, hereditarios, y de protección contra la violencia familiar reconocidos en el Código Civil para el Estado de México y en otras disposiciones legales, así como los establecidos para los cónyuges, en todo aquello que les sea aplicable, sobre todo los dirigidos a la protección de la mujer y de los hijos.
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