· 

PODERES FACULTADOS PARA ESTABLECER CONTRIBUCIONES SOBRE EL COMERCIO EXTERIOR Y HABILITAR PUERTOS, ESTABLECER ADUANAS Y DESIGNAR SU UBICACIÓN.

1.       

 

·         Articulo 73 Const. fracción XXIX. Facultades del congreso. Para establecer contribuciones sobre el comercio exterior, está facultado para establecer el comercio exterior, el congreso lo cual nos dice:
1.       Está facultado para establecer los aranceles, las contribuciones del comercio exterior.
Para establecer contribuciones:
1.      Sobre el comercio exterior;
2.      Sobre el aprovechamiento y explotación de los recursos naturales comprendidos en los párrafos 4º y 5º del artículo 27;
3.      Sobre instituciones de crédito y sociedades de seguros;
4.    Sobre servicios públicos concesionados o explotados directamente por la Federación.
·         Articulo 76 Const. fracción I. Facultades del senado. Tienen la facultad de aprobar los tratados internacionales que celebre el ejecutivo
·         Articulo 89 Const. Fracción X y XIII. Facultades del ejecutivo. Es responsable de elegir la política exterior y celebrar los tratados internacionales. Fracción XIII. La autoridad que está autorizada para indicar donde van a estar ubicadas las aduanas es del ejecutivo.
·         Articulo 117 Const. Fracción IV, V, VI, VII. Los estados no podrán en ningún caso: gravar el tránsito de personas o cosas que atraviesen su territorio, prohibir el cobro de impuestos por la entrada o salida de mercancías. Tampoco pueden legislar a nivel local (los estados) sobre estos temas.
·         Articulo 118 Const. Los estados tampoco pueden establecer derechos de tonelaje o de algún otro alguno de puertos, ni imponer contribuciones o derechos sobre importaciones o exportaciones.
·         Articulo 124 Const. Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados.
·         Articulo 131 Const.:
-          1er. Párrafo fundamento legal à Ley Aduanera y la Ley de los impuestos generales de importación y exportación.
-          2do. Párrafo fundamento legal à Ley de comercio exterior nos dice que el congreso puede facultar al ejecutivo para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación e importación, expedidas por .el propio Congreso, y para crear otras

Escribir comentario

Comentarios: 0

JALISCO


Av. de la Paz 2860, Colonia Vallarta, C.P. 44690 Guadalajara, Jal.

QUERÉTARO


Paseo de la República 135, Jurica, 76100 76100 Querétaro, México.

MORELOS


Avenida progreso 803 colonia agua hedionda, Morelos.


Lo más reciente en:


Dirección: 

Avenida de la Hacienda, número 28 A, Colonia Las Arboledas, Atizapán de Zaragoza,  C.P. 52950.

Teléfonos:  +52 (55) 5370-0347

google-site-verification=-yevpgiwjcSaCTdSnrt1j7tY2L9pUaO8uh5OE3bVWrE

Redes Sociales:

No es posible ver el contenido de Powr.io debido a tu configuración de cookies actual. Haz clic en la Política de cookies (funcional y marketing) para aceptar la Política de cookies de Powr.io y poder ver el contenido. Puedes encontrar más información al respecto en la Política de privacidad de Powr.io.

Compartir esta página con: