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ACREDITACIÓN DE HECHOS Y COBRO DE INDEMNIZACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO DE SEGURO.

 Es una serie de actos especiales que deben de desarrollarse ante la autoridad judicial, ya sea con el propósito de acreditar presupuestos necesarios para el pago de una prima o para exigir que sean cubiertas las indemnizaciones derivadas del contrato de seguro.

En materia de seguros, puede utilizarse:

Jurisdicción voluntaria, que abarca todas las actuaciones practicadas por la autoridad judicial, a solicitud de persona interesada, sin que el juez ejercite su facultad jurisdiccional debido a que no se plantea controversia alguna entre partes.

Ordinaria Mercantil, que es la vía para dirimir todas las controversias comerciales que no tienen una tramitación especial y que en materia de seguros observa ciertos lineamientos específicos cuando se utiliza para exigir el pago

de las indemnizaciones derivadas del contrato de seguro.

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Comentarios: 1
  • #1

    Kevin Alonso (sábado, 06 abril 2024)

    Leí sobre la acreditación de hechos y cobro de indemnizaciones derivadas del contrato de seguro, mi pregunta es hasta cuando la indemnización?

JALISCO


Av. de la Paz 2860, Colonia Vallarta, C.P. 44690 Guadalajara, Jal.

QUERÉTARO


Paseo de la República 135, Jurica, 76100 76100 Querétaro, México.

MORELOS


Avenida progreso 803 colonia agua hedionda, Morelos.


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Dirección: 

Avenida de la Hacienda, número 28 A, Colonia Las Arboledas, Atizapán de Zaragoza,  C.P. 52950.

Teléfonos:  +52 (55) 5370-0347

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