· 

Extorsión

El artículo 360 del Código Penal Federal vigente, consagra el delito de extorsión, en donde se le impondrán de dos a ocho años de prisión y de cuarenta a ciento sesenta días multa a todo aquel quien sin derecho obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo para sí o para otro un lucro o beneficio patrimonial. 

Por consiguiente, si se analizan los bienes jurídicos tutelados en este delito se encuentra el patrimonio, la integridad física, la salud y la libertad.

Escribir comentario

Comentarios: 0

JALISCO


Av. de la Paz 2860, Colonia Vallarta, C.P. 44690 Guadalajara, Jal.

QUERÉTARO


Paseo de la República 135, Jurica, 76100 76100 Querétaro, México.

MORELOS


Avenida progreso 803 colonia agua hedionda, Morelos.


Lo más reciente en:


Dirección: 

Avenida de la Hacienda, número 28 A, Colonia Las Arboledas, Atizapán de Zaragoza,  C.P. 52950.

Teléfonos:  +52 (55) 5370-0347

google-site-verification=-yevpgiwjcSaCTdSnrt1j7tY2L9pUaO8uh5OE3bVWrE

Redes Sociales:

No es posible ver el contenido de Powr.io debido a tu configuración de cookies actual. Haz clic en la Política de cookies (funcional y marketing) para aceptar la Política de cookies de Powr.io y poder ver el contenido. Puedes encontrar más información al respecto en la Política de privacidad de Powr.io.

Compartir esta página con: