Se plantean tres especímenes básicamente, el proceso inquisitorial, el proceso dispositivo y el proceso
publicista.
Inquisitorial, en este tipo
de proceso, el juez ejerce el poder y puede ser un investigador e incluso un acusador, es característico de los procesos penales, pero existe en diversas ramas del proceso como en el
derecho familiar, en la que la autoridad se constituye en verdadero investigador para efecto de proteger el interés superior de la familia sobre los de las partes contendientes
materialmente.
Dispositivo, en este tipo
de proceso característico del derecho civil y comercial, el estado tiene sus atribuciones delimitadas y las partes disponen del proceso y
constituyéndose el juez en un mero espectador del proceso, con lo anterior se busca garantizar la imparcialidad del juez pues deberá resolver conforme a derecho únicamente con las
aportaciones probatorias de las partes.
Publicista, este tipo de
proceso atenúa al derecho dispositivo y se busca evitar desigualdades entre las partes, pues nivela las fuerzas permitiendo al juzgador suplir las deficiencias de una parte que se
encuentre deficientemente representada; es característico del derecho social, del trabajo o en el agrario, es decir protege intereses de grupo o de clase, busca lograr el conocimiento
de la verdad material, y que esta prevalezca sobre la verdad formal que solo beneficia a los poderosos que tienen posibilidad de procurarse una
defensa de mejor calidad; con ello en mente se generó la figura de la suplencia de la queja (en casos específicos referentes a derechos de menores y otros) y la prueba para mejor proveer
que faculta al juez para allegarse por su cuenta de elementos de convicción no ofrecidos por las partes y que se consideran convenientes examinar por el juez para resolver el
asunto.
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