Como ya he señalado la autonomía, es la facultad de hacer, no hacer o dejar hacer, lo que la voluntad del individuo como sujeto desee, siempre y cuando esta autonomía de la voluntad
no atente contra la moral, las costumbres y el derecho, este último visto como un ordenamiento jurídico tendiente a regular la autonomía
privada a través de cuerpos normativos (leyes, reglamentos, decretos, bandos, políticas, etc.) restrictivos de conducta, que permiten
que el hombre habite en sociedad, toda vez que sin estos
ordenamientos se estaría al borde de la anarquía por lo que limitan positivamente la actividad de los individuos (autonomía privada) y sin ellos sería imposible convivir en
sociedad.
Por lo tanto, es por ello, que desde épocas antiguas, primero las costumbres y posteriormente al codificarse y estructurarse la ley se fueron constituyendo como forzosos los
lineamientos que hoy en día denominamos derecho en el entendido de que este es un sistema racional de normas sociales de conducta declaradas obligatorias por la autoridad, por
considerarlas soluciones justas a los problemas surgidos de la realidad histórica.
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