El Derecho de Familiar, se refiere a las normas que son de orden público e interés social encargadas de proteger a la familia y a sus integrantes.
Conocemos las necesidades de nuestros clientes cuando tienen conflictos y los apoyamos en procesos de divorcio incausado, Juicios de Guarda y Custodia de Menores, Procesos para el establecimiento de un régimen de Visitas y convivencias con menores, juicios de pérdida de patria potestad, juicio de alimentos para el establecimiento de pensión alimenticia y toda clase de controversias del orden familiar.
La palabra INTESTADO, hace alusión a la persona que en vida, nunca hizo su testamento ante Notario, o habiendo testamento, es declarado nulo o invalidado, por lo tanto el procedimiento a seguir en estos casos es por medio de un Juicio de Sucesión Legítima o Intestamentario. La ley suplirá ésta ausencia de testamento y los Jueces de lo Familiar se encargarán de repartir la masa hereditaria a los parientes más cercanos al De Cujus.
Se podrá solicitar este tipo de divorcio a través de interponer una demanda de divorcio ante un juez de lo familiar, después de cuando menos un año desde la celebración del matrimonio, pasando este tiempo esta solicitud se puede hacer en cualquier momento en que uno de los cónyuges indique que es su voluntad el no querer continuar con dicho matrimonio.
El Derecho de Familiar, se refiere a las normas que son de orden público e interés social encargadas de proteger a la familia y a sus integrantes. Los Juzgadores especializados en materia familiar, serán los encargados de resolver cuestiones relativas a la familia; así como su organización y desarrollo integral.
Divorcio:
Atención integral de procedimientos de disolución de matrimonio.
Divorcio Voluntario:
cuando ambos cónyuges han llegado a un convenio para disolver el matrimonio es viable iniciar el procedimiento con el consenso de las partes.
Divorcio Incausado:
Comúnmente conocido como divorcio exprés, se tramita sin necesidad de manifestar causa, solo por la voluntad de uno de los cónyuges.
Pensión alimenticia:
Comprende todas las necesidades básicas de los acreedores, ya sean los hijos o cónyuge e incluso aplica para la figura del concubinato.
Régimen de Convivencias:
Cuando es necesario que se establezca formalmente el horario y lugar en que alguno de los padres visite a sus menores hijos, es viable iniciar esté procedimiento judicial.
Paternidad:
Reconocimiento de filiación entre padre e hijo.
Liquidación de sociedades conyugales:
Una vez efectuado el divorcio y en caso de que las partes no logren convenir la forma en que repartirán los bienes habidos en el matrimonio es necesario que un Juez decida la forma en que habrán de repartir.
Compensación de Bienes:
En caso de matrimonio por el régimen de bienes separados, es legal una compensación para el cónyuge que se dedicó al hogar o que cuente con bienes inferiores a los de su contra parte.
Sucesiones:
Pueden ser testamentarias (existe testamento) o intestamentarias (no existe testamento).
Intestados:
Trámite integral de procedimientos sucesorios en los que no existe testamento.
Testamentarías:
Trámite integral de procedimientos sucesorios en los que existe testamento, ya sea que haya conflicto entre los herederos o no.
Patria Potestad:
Juicio tendiente a revocar la patria potestad a uno de los padres.
Guarda y custodia:
Procedimiento que establece cuál de los padres estará a cargo del cuidado de los menores.
Interdictos:
procedimiento que declara la incapacidad legal de un mayor de edad.
Violencia Familiar:
Protección integral en caso de violencia intrafamiliar.