Son documentos, en los cuales aparece el nombre del acreedor y del deudor, este contiene un crédito cierto, líquido y exigible. Son títulos ejecutivos los siguientes:
1. Declaración de parte hecha como juramento ante una o un juzgado competente.
2. Copia y la compulsa auténticas de las escrituras públicas.
3. Documentos privados legalmente reconocidos o reconocidos por decisión judicial.
4. Letras de cambio.
5. Pagarés a la orden.
6. Testamentos
7. Transacción judicial.
8. Los demás a los que otras leyes otorguen el carácter de títulos ejecutivos.
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